Valor probatorio de los libros de los corredores. Artículo 979 inciso 3º del Código Civil.

Acosta, Miguel Ángel

Valor probatorio de los libros de los corredores. Artículo 979 inciso 3º del Código Civil.

Suplemento del 11-12-2001.-


LIBROS DE COMERCIO
biblioteca@csjn.gov.ar
Talcahuano 550 - 7° piso of. 7073.
Tel. 4370 - 4699
Horarios: Lunes a Viernes de 7:30 hs a 19:00 hs.