Uso de la fuerza : doctrina Drago: la deuda pública no puede provocar jamás la intervención armada y, mucho menos, la ocupación del suelo del Estado deudor

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoTema(s): En: Doctrinas argentinas de derecho internacional . pp. 9-49.
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Monografías Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) G2877 Disponible G2877

Contenido: Resumen. Sus doctrinas antecedentes: Calvo y Monroe. Antecedentes del conflicto que dieron origen a la doctrina. Intervención armada a Venezuela (1903). Posición de los Estados Unidos ante el conflicto. Contexto previo en Argentina, Situación del endeudamiento. Siempre en argentino. Alegado de Drago. Desarrollo de la doctrina. Incorporación de contenidos de la nota a los foros internacionales, Conferencia de Río de Janeiro (1906) y Conferencia de La Haya en 1907. Transformación del alegato en doctrina. Hacia la construcción de un corolario de la doctrina Drago aplicable a deuda externa Argentina. Notas al pie de página.

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