Cuando los porcentuales de honorarios regulados en el concurso preventivo y en la quiebra indirecta por fracaso de aquel superan el tope legal del 12% (art. 267, LCQ)
Tipo de material: ArtículoTema(s): En: COMPENDIO JURIDICO : DOCTRINA - JURISPRUDENCIA - LEGISLACION 62. pp. 109-128.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | URL | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones periódicas | Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) | 62 | Enlace al recurso | 2 | Disponible |