Para cobrar una tasa de seguridad e higiene se debe prestar un servicio y el municipio es quien está en mejores condiciones de probarlo.
Tipo de material: ArtículoTema(s): En: Impuestos 135 (2022) págs. 83-85.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones periódicas | Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) Hemeroteca | 2-51 | 135 (2022) | Disponible | CSJN157036 |
Nota a fallo: SC Bs. As. 60/09/2022.-- Coca Cola FEMSA de Buenos Aires SA c/Municipalidad de la Matanza s/ pretensión anulatoria.