Los derechos del tenedor según el artículo 3 del código uniforme de comercio de los Estados Unidos y la ley uniforme de instrumentos negociables de Puerto Rico.

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoTema(s): En: REVISTA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE PUERTO RICO REVISTA del Colegio de abogados de Puerto Rico, v. 29, nº 4, agosto 1969. 573-605
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