Actos de disposición: Limitaciones contenidas en el artículo 1277 del Código Civil
Tipo de material: ArtículoTema(s): En: Relaciones patrimoniales en el matrimonio y en la convivencia de pareja . pp. 231-253.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | URL | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Monografías | Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) | C6025 | Enlace al recurso | Disponible | C6025 |
Contenido: Asentimiento conyugal. Fundamento de la norma. Asentimiento: Sujetos. Oportunidad y forma de prestar el asentimiento. Control registral del asentimiento. Destino del dinero o de la contraprestación obtenida por el acto de disposición. Actos que requieren asentimiento. Inmuebles. Derechos en relación a los inmuebles que requieren asentimiento. Muebles registrables. Transferencia de derechos intelectuales. Fondo de comercio. Transformación y fusión de sociedades de personas. Autorización judicial supletoria. Consecuencias del acto realizado sin asentimiento. Inmueble propio o ganancial sede del hogar conyugal. Constitucionalidad del artículo 1277 de la ley 23.264. Bibliografía: p. 253. Notas al pie de página.