Parry, Adolfo E.

Ética de la Abogacía. - [1a ed.] - Buenos Aires : Jurídica Argentina, 1940. - 2 v.

Bibliografía: En T. II: p. 279-289. Notas al pie de página. Índice. Encuadernado en esta biblioteca.

T. I) Habilitación profesional. Respeto a la ley. Conducta digna. Dignidad en la vida privada. Defender el prestigio de la justicia y de la profesión. Respeto a magistrados. Compostura en audiencias. Estilo. Probidad. Deber de reconocer su responsabilidad. Desinterés. No asociarse con no profesionales. Atender a la clientela en su estudio. No realizar contratos prohibidos. Publicidad prudente y decorosa. No opinar, por la prensa, sobre juicios pendientes. Obligaciones del patrocinio. Secreto profesional. Defensa gratuita de pobres y ausentes. Nombramientos de oficio. Suplencia de magistrados e integración de jurados de enjuiciamiento de magistrados. T. II) No incurrir en falsedades. No defender injusticias. No prestar su concurso a operaciones de usura. Consecuencia de opinión y de doctrina. No firmar escritos ya presentados. No firmar escritos que no ha redactado. Examen de expedientes. No ser testigo de su cliente. No buscar derivaciones de carácter penal. No asegurar éxito. Proponer conciliación. No fomentar pleitos. Caso de fallecimiento del cliente. Incompatibilidades. Moderación en la apreciación de honorario. No convenir honorario mísero. Alcance del convenio sobre honorarios. No pedir participación en honorarios de terceros. Lealtad hacia el cliente. Delicadeza y consecuencia para con sus clientes. Visitar al cliente detenido. Devolución de fondos. Solidaridad con colegas. No formular pedidos verbales al juez. Leal proceder con el adversario. No revelar tentativas de transacción. No trabar relación con cliente de un colega. No obstruir el trámite. No presentar escritos inútiles. Devolución de expedientes. Actuación profesional en asuntos administrativos. Vocación democrática.


ETICA PROFESIONAL