Contenido: Función del Convenio Multilateral. Art. 35 del Convenio Multilateral: Primer párrafo, límite provincial, Párrafos segundo y tercero, premios y castigos, Caso de los municipios de la provincia de Buenos Aires, Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ¿Tercer párrafo obliga a los municipios a exigir como base imponible de la tasa de seguridad e higiene el 100% de la base provincial?, Posibilidad de recurrir mediante recurso extraordinario las decisiones de la Comisión Plenaria, Competencia federal. Notas al pie de página.