000 01514naa a2200169Ia 4500
001 ART73744
008 221210s2017 xx 000 0 und d
100 _aJiménez, María Eugenia
_956762
245 0 _aPoderes instructorios del juez y sus límites
500 _a"Sumario: Aspectos generales y su vinculación con la idea de jurisdicción y verdad. Prueba oficiosa-medidas para mejor proveer, Definición y fines; Límites. Criterios constitucionales y CSJN. Interrogantes comunes y soluciones útiles: ¿Quién asume gastos que irrogan medidas para mejor proveer?; Medidas para mejor proveer: ¿implican un "deber" o una "facultad" para el juez?; ¿deben ser ordenadas por auto o decreto-providencia?; ¿Son recurribles las medidas para mejor proveer?; ¿Es posible articular un recurso fundado en la omisión de ordenar una medida para mejor proveer?; Según el alcance del respeto al derecho de defensa, contemplado en el art. 36, inciso 4, CPCCN, en caso de prueba testimonial ordenada de modo oficioso, ¿se da posibilidad a las partes oponerse al testimonio (por ej.: invocando la regla de exclusión)? ¿Y tendrán las partes facultad de interrogar? ¿Cuál es la oportunidad para el ejercicio de medidas para mejor proveer? Derecho comparado: Internacional y Nacional. Notas."
773 _02346
_94364
_g. pp. 301-339.
_tElementos de derecho probatorio.
_w73744
942 _cCAP
999 _c108115
_d108115
040 _bspa
_eaacr
650 _aDEFENSA EN JUICIO
983 _abcsi8b
910 _aJiménez, María Eugenia
_956762