000 01473naa a2200169Ia 4500
001 ART64421
008 221210s2008 xx 000 0 und d
100 _aFernández Amallo, Mariana A.
_949341
245 0 _aMedidas de urgencia y proceso penal tributario
500 _aSumario: Iniciación de sumarios en los que se investigan delitos tributarios o previsionales. Previsiones de la LPT para supuestos en los que la denuncia es efectuada por la AFIP o un tercero: Determinación del impuesto adeudado; Delimitación de supuestos típicos de la LPT para los cuales es aplicable el procedimiento de determinación de deuda; La convicción administrativa de presunta comisión de un delito debe estar presente en todas las denuncias formuladas por el organismo recaudador. Naturaleza de la determinación de oficio previa ¿Su inexistencia condiciona el inicio de acción penal? Principales posiciones; Análisis de argumentos en los que se sustenta la opinión contraria; Oportunidad en que deben remitirse antecedentes al organismo recaudador. Solicitud de medidas urgentes, Art. 21 de la LPT: Carácter cautelar o precautorio; Previsión legal para que la AFIP acceda a la documentación del contribuyente fiscalizado. Notas al pie de página.
773 _028377
_952316
_gII. pp. 1269-1304.
_tDerecho penal tributario.
_w64421
942 _cCAP
999 _c94589
_d94589
040 _bspa
_eaacr
650 _aPENAL FINANCIERO
983 _abcsi8b
910 _aFernández Amallo, Mariana A.
_949341